Ana Menem es la abogada defensora de Ramón Paredes, a quien Fiscalía pidió la pena de prisión de 5 años por el presunto abuso de dos niños en una escuela Secundaria. La letrada pidió la absolución del sujeto. Rita Castro, hermana del docente, aseguró que no hay pruebas que incriminen al sujeto en ese hecho.
“No puedo entender cómo llegamos a esta instancia desde el 2 de noviembre que mi hermano fue detenido por estos hechos”, expuso Castro.
En ese sentido, dijo que si bien no salieron al aire en ese momento, fue porque no entendían el motivo de la denuncia: “oh! Casualidad, esta situación en la que dicen que él tocó la cola es porque hay un alumno que declaró que no fue así”.
El hecho habría ocurrido en 2011. “En ese momento se estaba dando educación sexual a niños de 11 años por parte de una docente y de ahí sale toda la situación de cuestionar los abusos”.
“Quiero creer en la justicia. Necesito creer en la justicia y en los jueces que llevan la causa adelante”, indicó.
Ana Menem es la abogada defensora de Ramón Paredes, a quien Fiscalía pidió cinco años de prisión efectiva por el delito previsto en el articulo 119. “Hasta que no haya una sentencia firme, rige el principio de inocencia. Mi cliente no es culpable ni fue declarado culpable”.
“Uno tiene que sacarse todos los prejuicios de encima para hablar de un caso de abuso, para poder investigar o charlar del tema. La figura del abuso sexual y tocamiento requiere que estos sean con una conducta sexual o libidinosa y que afecte la integridad sexual de un menor de 13 años”, consignó.
Sobre el caso planteado, indicó que fiscalía solicitó cinco años de prisión basándose en la Cámara Gesell donde se los entrevistó a los menores.
“De la cámara Gesell surge el tocamiento que no quedaron configurados en ningún momento por los dichos de la niña y del varón”, expuso.
Aseguró que centró esos episodios cuando se acercaron a mostrarles una carpeta y “los abrazó”. “De ahí manifestó que Paredes bajo la mano y le tocó la cintura, pero según el relato, jamás se configura el tocamiento”.
“En ningún momento les toca la cola según manifestaciones verbales. Sino que dice que tuvo la intención de tocarla”, explicó la letrada.
En ese aspecto, hizo hincapié en las garantías constitucionales que están puestas en salvaguarda de las personas comunes, donde para condenar, hay que basarse en fundamentos y pruebas que digan que sea condenado.
“El hasta ahora no recibió una condena. Sigue siendo inocente”, apuntó la letrada consiguientemente. “Esta niña declaró en Cámara Gesell que le daba vergüenza cuando se hablaba de ‘penes’”, expuso.
En otro orden de cosas, dijo que uno de los chicos admitió ver cómo le tocaban la cola en otra situación. “Manifiesta que no vio eso, que vio que le acomodó el guardapolvo”, apuntó.
A su modo de ver, “un niño puede interpretar cuando surge el efecto dominó, entra en una nebulosa y en una situación (…)”.
“Nos basamos netamente en los tecnicismos legales”, aseguró la letrada asimismo.
En ese sentido, dijo que si bien no salieron al aire en ese momento, fue porque no entendían el motivo de la denuncia: “oh! Casualidad, esta situación en la que dicen que él tocó la cola es porque hay un alumno que declaró que no fue así”.
El hecho habría ocurrido en 2011. “En ese momento se estaba dando educación sexual a niños de 11 años por parte de una docente y de ahí sale toda la situación de cuestionar los abusos”.
“Quiero creer en la justicia. Necesito creer en la justicia y en los jueces que llevan la causa adelante”, indicó.
Ana Menem es la abogada defensora de Ramón Paredes, a quien Fiscalía pidió cinco años de prisión efectiva por el delito previsto en el articulo 119. “Hasta que no haya una sentencia firme, rige el principio de inocencia. Mi cliente no es culpable ni fue declarado culpable”.
“Uno tiene que sacarse todos los prejuicios de encima para hablar de un caso de abuso, para poder investigar o charlar del tema. La figura del abuso sexual y tocamiento requiere que estos sean con una conducta sexual o libidinosa y que afecte la integridad sexual de un menor de 13 años”, consignó.
Sobre el caso planteado, indicó que fiscalía solicitó cinco años de prisión basándose en la Cámara Gesell donde se los entrevistó a los menores.
“De la cámara Gesell surge el tocamiento que no quedaron configurados en ningún momento por los dichos de la niña y del varón”, expuso.
Aseguró que centró esos episodios cuando se acercaron a mostrarles una carpeta y “los abrazó”. “De ahí manifestó que Paredes bajo la mano y le tocó la cintura, pero según el relato, jamás se configura el tocamiento”.
“En ningún momento les toca la cola según manifestaciones verbales. Sino que dice que tuvo la intención de tocarla”, explicó la letrada.
En ese aspecto, hizo hincapié en las garantías constitucionales que están puestas en salvaguarda de las personas comunes, donde para condenar, hay que basarse en fundamentos y pruebas que digan que sea condenado.
“El hasta ahora no recibió una condena. Sigue siendo inocente”, apuntó la letrada consiguientemente. “Esta niña declaró en Cámara Gesell que le daba vergüenza cuando se hablaba de ‘penes’”, expuso.
En otro orden de cosas, dijo que uno de los chicos admitió ver cómo le tocaban la cola en otra situación. “Manifiesta que no vio eso, que vio que le acomodó el guardapolvo”, apuntó.
A su modo de ver, “un niño puede interpretar cuando surge el efecto dominó, entra en una nebulosa y en una situación (…)”.
“Nos basamos netamente en los tecnicismos legales”, aseguró la letrada asimismo.




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